Pardo & Pérez Abogados

CÓMO RECLAMARLE A UN VECINO MOROSO

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– Aprobamos la derrama para arreglar el ascensor y el vecino del quinto… ¡sigue sin pagar!

¿QUÉ HACEMOS?

En muchísimas comunidades de propietarios nos encontramos con este problema, el típico vecino disidente o escaqueador que se niega a pagar las derramas adoptadas, y con este artículo queremos mostraros que medidas debemos adoptar para hacer frente a esta situación.

Lo primero que debemos hacer es convocar junta de propietarios en el que se haga constar en el punto del día nuestra pretensión y notificar la convocatoria en la forma legalmente exigida en el artículo 9 de la Ley de Propiedad Horizontal para que no demos lugar a posibles defectos formales. Una vez convocada la reunión, la junta deberá:

a.-) Aprobar exigir judicialmente las cantidades adeudadas por el vecino moroso

b.-) Aprobar la liquidación de la deuda

c.-) El secretario deberá certificar el acta de la junta y el presidente debe dar su visto bueno.

Una vez cumplido estos requisitos, debemos darle al moroso la opción de pagar voluntariamente, por ello, será necesario mandarle un burofax reclamándole la cantidad adeudada y dándole un plazo prudencial para proceder al pago. Si consiguiéramos que pagase de manera voluntaria…podemos estar de enhorabuena porque en la mayoría de casos, por desgracia, no va a ser así.

Por ello, en caso de que el propietario deudor siga en sus trece y se niegue a pagar, presentaremos la correspondiente demanda que se tramitará por la vía del juicio monitorio.

Para el caso de que el deudor se oponga a nuestra demanda, la comunidad podrá solicitar al juez que de manera preventiva se embargue el piso de tal manera que nos podamos “medio” asegurar que vamos a cobrar más tarde o más temprano.

Una vez se celebre el juicio y consigamos ganar, se abrirá un nuevo frente: conseguir cobrar. Ahora, es cuando te preguntas ¿si hemos ganado por qué no nos paga? La respuesta a esta pregunta la veremos más adelante en otro artículo dedicado a ello, puesto que se abriría un proceso nuevo el cual no es objeto de esta reflexión.

Por último aunque el procedimiento parezca muy sencillo tal y como lo hemos expuesto aquí, no siempre lo es por lo que es conveniente contratar los servicios de un abogado para que nos asesore, máxime cuando los honorarios que le debamos abonar podremos reclamárselos, posteriormente, al maldito vecino del quinto.

 

 

Fdo. Pablo Pérez Sola

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